4 de octubre de 2026
Sol del Este RD
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DEPORTES

Condenan a la CAASD al pago de 888 millones de pesos por concepto de factura adeudadas e indemnización en favor empresa AAA Dominicana

La Corte de Arbitraje y Resolución Alternativa de Conflictos de la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo condenó a la Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo al pago de 888 millones 300 mil pesos.

Del monto total 352 millones 791 mil 572 pesos con 45 centavos, por concepto de facturas adeudadas y al pago de una indemnización de RD$134, 677, 717.74, que se le suman 395.1oo mil pesos de intereses de 56 meses de intereses y gastos Arbitral y Legal.

El total de la condena es exactamente a la fecha 888 millones 300 mil pesos y hasta que salden la CAASD tendrá que pagar mensualmente el 2%. Sobre 352 millones 791 mil pesos.

La Corte determinó que la CAASD comprometió su responsabilidad civil contractual frente a la empresa AAA Dominicana.

La CAASD deberá pagar además un interés contractual ascendente a un 2% mensual a partir del inicio de la de la demanda principal, el 18 de febrero del 2022 hasta la fecha que se haga efectivo el pago sobre la suma de RD$ 352,791,572.45 que a la fecha de la notificación del acto de alguacil ascendía a RD$392,000,000.

Asimismo, deberá pagar un interés de 5.25% anual a partir de la notificación de la decisión final (laudo arbitral) sobre el monto de RD$134, 677, 717.74.

La decisión fue notificada mediante el acto del alguacil, número 19/26, de fecha 28 de septiembre del 2026, del ministerial Antonio Jorge Rached Herrera, alguacil ordinario de la Suprema Corte de Justicia, que establece además el pago de 4 millones 313 mil 997.53 centavos por concepto de costas a los abogados de la empresa AAA Dominicana y la Sociedad Interamericana de Agua y Servicios (INASSA).

También la CAASD deberá pagar al perito coordinador Manuel Amaury Guzmán López, la suma de 14, 750.00 dólares por concepto del pago final de sus honorarios, conforme a la propuesta que presentó el 2 de noviembre de 2023.

La Corte indica que su decisión (Laudo), tiene un carácter definitivo, ejecutorio y confidencial.

NOTIFICACION DE LAUDO FINAL (1)

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